Qué parte de lo que cobras no es tuya
Cuando un cliente te paga una factura, en tu cuenta entra más dinero del que realmente has ganado. Hay dos partes que son de Hacienda, y una tercera que conviene tener en cuenta:
- El IVA que has cobrado. Si facturas 1.000 € más un 21 % de IVA, cobras 1.210 €, pero esos 210 € los tendrás que ingresar en el modelo 303 del trimestre. Puedes restar el IVA de tus gastos del negocio, siempre que tengas factura completa a tu nombre.
- El adelanto del IRPF (modelo 130). Cada trimestre adelantas el 20 % de tu beneficio acumulado del año (ingresos menos gastos deducibles), restando las retenciones que te hayan hecho tus clientes y lo que ya pagaste en trimestres anteriores.
- La diferencia en la renta. El 130 y las retenciones son solo un adelanto. En la declaración anual se calcula el impuesto real según tus tramos, y puede salir a pagar.
¿Prefieres no hacer cuentas? Ivalia calcula esta cifra sola con cada factura y cada ticket que apuntas.
Probar Ivalia gratisTres ejemplos con números
Los tres perfiles facturan 2.000 € al mes de base (6.000 € al trimestre). Cambian los clientes y los gastos. Cifras de un primer trimestre.
1. Diseñadora que factura a particulares
Sin retención, con 300 € al mes de gastos con factura e IVA y 300 € al mes de cuota de autónomos y seguros.
| Trimestre | Importe |
|---|---|
| Cobra (6.000 + 21 % IVA) | 7.260 € |
| Modelo 303: 1.260 − 189 | 1.071 € |
| Modelo 130: 20 % de 4.200 € de beneficio | 840 € |
| A apartar | 1.911 € (26 %) |
2. Consultor que factura a empresas con retención del 15 %
Mismos gastos, pero sus clientes le retienen el 15 % (900 € al trimestre) y se lo ingresan a Hacienda por él.
| Trimestre | Importe |
|---|---|
| Cobra (6.000 + 1.260 IVA − 900 retención) | 6.360 € |
| Modelo 303 | 1.071 € |
| Modelo 130: 840 − 900 de retenciones | 0 € |
| A apartar | 1.071 € (17 %) |
Además, si al menos el 70 % de sus ingresos llevan retención, normalmente ni siquiera tiene que presentar el 130.
3. Fontanero con muchos gastos de material
Factura a particulares y gasta 1.000 € al mes en material con factura, más 300 € de cuota y seguros.
| Trimestre | Importe |
|---|---|
| Cobra | 7.260 € |
| Modelo 303: 1.260 − 630 | 630 € |
| Modelo 130: 20 % de 2.100 € de beneficio | 420 € |
| A apartar | 1.050 € (14 %) |
Como ves, la misma facturación puede suponer apartar desde un 14 % hasta un 26 % de lo que cobras. Por eso las reglas fijas del tipo «guarda siempre un 30 %» fallan: o te quedas corto, o inmovilizas dinero que podrías usar.
Ojo con la renta anual
El 20 % del 130 es un adelanto. El IRPF real se calcula en la renta con una escala progresiva: los primeros euros tributan poco y, a partir de cierto nivel, cada euro adicional paga bastante más del 20 %.
- Con un beneficio anual bajo o moderado, lo adelantado suele bastar, e incluso te pueden devolver.
- Si tu beneficio supera aproximadamente los 30.000 € al año, es habitual que la renta salga a pagar. Una buena práctica es apartar un 5–10 % extra de tu beneficio durante el año.
- Si combinas un sueldo por cuenta ajena con tu actividad, la renta suele salir a pagar, porque los dos ingresos suman para calcular el tramo.
Cómo apartarlo sin esfuerzo
- Abre una cuenta solo para impuestos. Una cuenta de ahorro o una subcuenta de tu banco. Lo que entra ahí no se toca hasta el plazo.
- Aparta en el momento de cobrar. Cada vez que entra una factura, mueve el IVA y el porcentaje de IRPF que te toque. Es mucho más fácil que encontrar 2.000 € de golpe el día 15.
- Revisa cada mes. Ajusta según los gastos que vayan apareciendo: si compras material, tu 303 bajará.
- Apunta los gastos con factura completa. Cada factura a tu nombre te ahorra su IVA.
Ivalia te dice cuánto apartar en cada momento, te deja anotar lo que ya has movido a tu hucha y te avisa antes de cada plazo.
Probar Ivalia gratisPreguntas frecuentes
¿Qué porcentaje de mis ingresos debo guardar para impuestos?
Depende de tus gastos y retenciones. Con clientes particulares y pocos gastos ronda el 25–30 % de lo que cobras; con retención del 15 % suele bastar con el IVA neto, en torno al 15–17 %. Si tu beneficio anual supera unos 30.000 €, añade un 5–10 % para la renta.
¿La cuota de autónomos hay que apartarla?
No forma parte de los impuestos trimestrales: se cobra cada mes en tu cuenta. Pero sí es un gasto deducible en el IRPF, así que reduce lo que pagas en el 130.
¿Qué pasa si no tengo el dinero el día del plazo?
Puedes solicitar un aplazamiento o fraccionamiento a Hacienda al presentar la declaración, normalmente con intereses. Lo que no conviene es no presentar: los recargos por presentar tarde empiezan en el 1 % y suben con cada mes.
¿Tengo que apartar el IVA de una factura que aún no he cobrado?
Sí. El IVA se declara en el trimestre de la fecha de la factura, la hayas cobrado o no, salvo que estés en el régimen especial del criterio de caja.